El cristalino en el ojo de la Directiva 2013/59/Euratom
El 6 de febrero de 2018 es una fecha importante para el personal médico expuesto a los rayos X, marcada por la entrada en vigor de la directiva 2013/59/Euratom. Publicada hace más de 4 años por la Comunidad Europea de la Energía Atómica, esta Directiva limita la dosis equivalente para el cristalino a 20 mSv por año o a 100 mSv, durante un período de cinco años consecutivos.
Una preocupación creciente sobre la exposición del personal médico a los rayos X
Después de muchos años de prestar especial atención a la reducción de la exposición del paciente a la radiación ionizante el legislador insiste ahora, con más fuerza en los peligros aún subestimados de las dosis acumuladas por los practicantes susceptibles de causar graves problemas de salud.
En efecto, el personal médico de las salas de cateterismo está sometido de manera constante y repetida a los rayos ionizantes, mientras que los pacientes muy ocasionalmente. Cada operador puede llegar a realizar incluso varios cientos o miles de procedimientos al año correspondientes al equivalente de las dosis recibidas durante la realización de 2.500 a 10.000 radiografías de tórax.
El cristalino en la Directiva 2013/59/Euratom: campos de aplicación
La Directiva 2013/59/Euratom, limita la dosis para el cristalino à 20 mSv por año o a 100 mSv, durante un período de cinco años consecutivos, siempre que la dosis recibida en un año no supere 50 mSv. En Francia el límite de la dosis equivalente recibida en el cristalino se reduce así a 20 mSv durante 12 meses consecutivos para los trabajadores de la categoría “A”, en comparación con los 150 mSv aceptados antes (15 mSv y 45 mSv, respectivamente para los trabajadores de la categoría “B”).
La dosis equivalente corresponde a la dosis absorbida por un tejido o un órgano, (tales como: las manos o los ojos). La dosis eficaz es la suma de dosis equivalentes ponderadas en los diferentes tejidos y órganos del cuerpo. A título de recordatorio, en Francia la dosis corporal eficaz anual aceptada para los trabajadores de la categoría “A” se ha reducido constantemente desde 1928, llegando a 20 mSv en 1990, un valor que sigue estando vigente hoy en día.
Una medida eficaz en la prevención de cierto tipo de cataratas
El cristalino es uno de los tejidos del cuerpo humano más sensibles a la radiación, como resultado el desarrollo de cataratas es una de las principales complicaciones sufridas por el personal que se desempeña en salas de cateterismo.
Efectivamente, según el Organismo Internacional de la Energía Atómica (AIEA), la exposición excesiva a las radiaciones ionizantes puede provocar un pliegue anormal de las proteínas del cristalino modificando así su morfología y provocando cataratas corticales y subcapsulares posteriores. Esos dos tipos de cataratas son sintomáticos de la exposición repetida a los rayos X y difieren de su forma nuclear, la forma más común de catarata relacionada con el envejecimiento.
Mayor protección radiológica en los laboratorios de cateterismo
La entrada en vigor de la Directiva 2013/59/Euratom, supone un verdadero avance hacia la reducción de la exposición del personal médico. Con esta nueva norma se confirma claramente la tendencia de aplicar el principio de precaución, como corolario de una mayor protección radiológica en los quirófanos. En este sentido, un informe del Instituto de Protección contra las Radiaciones y la Seguridad Nuclear (IRSN) señalo que a pesar de la dificultad de evaluar la exposición del cristalino, existen medios eficaces de protección radiológica conocidos por la radiología intervencionista, como por ejemplo las gafas de plomo, las viseras de plomo, las pantallas de techo y las cabinas de protección radiológica.
Para saber más descargue aquí el libro blanco sobre los riesgos de los rayos X en salas de cateterismo intervencionista.